Lucena

La Audiencia Provincial tampoco aprecia delito en las contrataciones musicales de la Feria del Valle de Lucena

Lunes, 22 Abril 2019 20:37 Redaccion 
El concejal Vicente Dalda, denunciante en este procedimiento, mantiene que concurrió "un fraccionamiento de contratos", aunque anuncia el fin de la vía penal
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba confirma el sobreseimiento y consiguiente archivo de las diligencias abiertas contra el alcalde de Lucena, Juan Pérez, y la edil de Fiestas, María del Mar Morales, motivadas por unas presuntas ilegalidades en la administración de los contratos musicales de la Feria del Valle 2017.

La sala ratifica la resolución dictada por el Juzgado de Lucena y, por tanto, desestima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el concejal Vicente Dalda.

El edil no adscrito, impulsor de este procedimiento, ha cuestionado la diligencia e independencia de la representante del Ministerio Fiscal al manifestar que “ni estuvo presente en la práctica de las pruebas, ni pidió ninguna prueba y, simplemente, se limitó a pedir el sobreseimiento, según reza; fiscal que, por otra parte, saben ustedes, que esta semana se le concede la medalla al mérito policial, con lo cual, ahí dejo eso, esa fue la actuación del fiscal, que además se ve recompensada con una medalla, no quiero vincular esto a la concesión de la medalla, pero que cada uno saque sus propias conclusiones”.

Dalda ha avanzado que renuncia a ulteriores actuaciones penales sobre este asunto. En cambio, ha evitado descartar categóricamente acudir a la jurisdicción administrativa puesto que el auto judicial, según el análisis que hoy ha efectuado este concejal, al negar la existencia de un delito de prevaricación, implícitamente, admite la posibilidad de explorar otras vías.

El ponente, José María Magaña, entiende que “se pudieron cometer irregularidades”, anomalías, puntualiza que “fueron subsanadas y hasta pudieron o pueden hipotéticamente observarse otras que pueden ser objeto de impugnación en la jurisdicción correspondiente, pero es evidente que no puede usarse el Derecho Penal, ámbito en el que nos encontramos, para dilucidar cuestiones que, en modo alguno, tienen la gravedad y relevancia que el tipo y la doctrina jurisprudencial exigen”.

La Audiencia Provincial de Córdoba restringe a elucubraciones y simples sospechas las argumentaciones trasladadas por el concejal Vicente Dalda sobre las supuestas relaciones entabladas entre las empresas contratantes con el Ayuntamiento de Lucena, en los procesos correspondientes a los conciertos de la Feria del Valle 2017, y el alcalde, Juan Pérez, y la edil de Fiestas, María del Mar Morales.

Los magistrados corroboran la ausencia de “elementos objetivos y subjetivos del delito de prevaricación administrativa que se pretendía imputar a los investigados”.

Vicente Dalda, edil del Consistorio que interpuso la denuncia original en 2018, ha explicado que respeta esta resolución judicial, al tiempo que agregaba que otras tesis, en casos análogos, mantienen que sí se produce un delito cuando se pretende eludir la publicidad de los contratos. En su alocución, indicaba que “está probado que hubo fraccionamiento de los contratos y hay sentencias de otros tribunales que consideran el fraccionamiento de los contratos simplemente, para evitar publicidad, delito de prevaricación, como ustedes saben, muchos abogados y mucha gente son de la opinión que la justicia depende del juez que te toque”.

Dalda ha insistido en aseverar que este auto admite que se consumó un fraccionamiento de los contratos y rechaza que su conducta haya sido temeraria o infundada ya que, y así lo ha tratado de reforzar, el tribunal no impone condena en costas.