Lucena

Un informe municipal aprecia "quebrantamiento de las normas de adjudicación" en los contratos de Fiestas

Jueves, 11 Enero 2018 12:48 Redaccion 
"No se produce fraccionamiento de contrato por el hecho de formalizar contratos individuales para cada actuación de un programa festivo", explica el vicesecretario municipal
El vicesecretario del Ayuntamiento de Lucena estima que la Delegación de Fiestas, para realizar las contrataciones de las actuaciones musicales de la Feria Real Nuestra Señora del Valle 2017, formalizadas a través de Mundo Music 2002, incurrió en un “quebrantamiento de las normas de adjudicación basadas en el procedimiento negociado del artículo 170.d) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público”.

En el informe, al que ha tenido acceso SER Lucena, solicitado, en primer lugar por el Partido Popular, formación que denunció que se había producido “un fraccionamiento injustificado del contrato" cuyo valor total ascendía a 47.069 euros, y posteriormente, también desde Alcaldía, se prosigue exponiendo que "no existe en el expediente justificación ni motivación alguna para determinar la exclusividad artística de las actuaciones contratadas y legitimar así la imposibilidad de un procedimiento de concurrencia (negociado por cuantía o abierto, visto que el importe total de la contratación superaba la cuantía del contrato menor”.

Como segunda conclusión se añade que “en los procedimientos negociados ‘por razones artísticas’ no se produce fraccionamiento del contrato por el hecho de formalizar contratos individuales para cada actuación de un programa festivo, siempre que se justifique la excepcionalidad o valor artístico intrínseco del objeto contratado, lo que hace la prestación singular y diferente del resto”. Frente a ello, al realizar las consideraciones jurídicas, sostiene que “en el expediente de contratación estudiado no existe justificación alguna sobre la excepcionalidad artística de las actuaciones contratadas, lo que hubiera posibilitado su contratación sin concurrencia”.

En el documento, ya remitido a las distintas formaciones políticas, se relata que la contratación de actuaciones musicales, en aplicación de las reglas del contrato de servicios, se calificaría como contrato menor cuando el importe no superase los 18.000 euros existiendo además el sublímite de 6.000 euros fijado en las Bases de Ejecución del Presupuesto 2017 del Ayuntamiento, que exigiría por encima de esta cifra la solicitud de presupuesto a tres empresas.

No obstante, agrega el texto, para la contratación de espectáculos musicales podría utilizarse el procedimiento excepcional habilitado cuando por razones técnicas o artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusiva el contrato sólo pueda encomendarse a un empresario determinado.